1. El Derecho Financiero: Concepto y contenido. Los principios constitucionales del Derecho Financiero. La Hacienda Pública: Concepto y funciones. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido básico.
El Derecho Financiero es una rama del Derecho Público que regula la actividad económica del Estado y las entidades públicas. Se centra en la obtención, gestión y control de los recursos financieros necesarios para el funcionamiento del Estado y la realización de sus funciones.
Concepto
Definición: El Derecho Financiero abarca el conjunto de normas jurídicas que regulan la obtención y el uso de los recursos económicos por parte del sector público.
Objetivo: Su finalidad es asegurar la adecuada financiación de las actividades del Estado y de las administraciones públicas, garantizando que se realicen conforme a los principios de legalidad, eficiencia y transparencia.
Contenido
El contenido del Derecho Financiero se puede dividir en varias áreas principales:
Derecho Tributario: Regula la creación, modificación y extinción de los tributos, así como la relación entre la administración tributaria y los contribuyentes.
Derecho Presupuestario: Se ocupa de la elaboración, aprobación, ejecución y control del presupuesto del Estado y de las administraciones públicas.
Derecho de la Contabilidad Pública: Regula la contabilidad y la rendición de cuentas en el sector público.
Derecho de la Intervención Financiera: Se refiere al control y fiscalización del uso de los recursos públicos.
Los principios que rigen el Derecho Financiero en España están consagrados en la Constitución de 1978 y son fundamentales para el funcionamiento del sistema financiero del Estado:
Principio de Legalidad: Ningún tributo puede ser exigido sin una ley que lo establezca. Este principio garantiza que los ciudadanos solo están obligados a pagar impuestos que han sido legalmente promulgados.
Principio de Equidad: El sistema tributario debe ser justo y equitativo, lo que implica que los ciudadanos deben contribuir al sostenimiento de los gastos públicos según su capacidad económica.
Principio de Proporcionalidad: Las cargas fiscales deben ser proporcionales a la capacidad económica del contribuyente, evitando que la imposición resulte confiscatoria.
Principio de Publicidad: Las normas fiscales deben ser publicadas para que los ciudadanos puedan conocer sus derechos y obligaciones.
Principio de No Confiscatoriedad: El Estado no puede establecer cargas fiscales que lleven a la confiscación de bienes o derechos, garantizando así la propiedad privada.
La Hacienda Pública se refiere al conjunto de recursos económicos y financieros que posee el Estado y su organización. Se encarga de la obtención, gestión y distribución de los recursos públicos.
Concepto
Definición: La Hacienda Pública es el sistema a través del cual el Estado gestiona los recursos económicos necesarios para el desarrollo de sus funciones y para el cumplimiento de sus obligaciones.
Componentes: Incluye ingresos (impuestos, tasas, contribuciones) y gastos (presupuestos públicos).
Funciones de la Hacienda Pública
Recaudación de Ingresos: Gestionar la obtención de recursos a través de impuestos y otras fuentes de ingresos.
Distribución de Recursos: Asignar y redistribuir los recursos financieros a diferentes sectores y administraciones para garantizar la prestación de servicios públicos.
Financiación del Gasto Público: Proveer los fondos necesarios para financiar las políticas públicas, incluyendo educación, sanidad, infraestructuras, etc.
Control Financiero: Supervisar y fiscalizar el uso de los recursos públicos para garantizar la legalidad y eficiencia en la gestión.
Estimulación de la Economía: Implementar políticas fiscales que fomenten el crecimiento económico y el desarrollo sostenible.
La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid establece el marco normativo para la gestión de los recursos económicos de la Comunidad, asegurando la correcta utilización y control de los fondos públicos.
Estructura
Título Preliminar: Introducción y principios básicos que rigen la hacienda pública de la Comunidad de Madrid.
Parte I: Ingresos Públicos: Regula los diferentes tipos de ingresos, incluidos impuestos propios y cedidos, tasas y precios públicos.
Parte II: Presupuesto: Establece el procedimiento para la elaboración, aprobación, ejecución y control del presupuesto de la Comunidad de Madrid.
Parte III: Gastos Públicos: Normativa sobre la gestión y control del gasto público, asegurando su legalidad y eficiencia.
Parte IV: Control Financiero: Mecanismos de control y auditoría de la gestión económica de la Comunidad.
Contenido Básico
Regulación de Ingresos: Define los diferentes tipos de tributos y sus bases, tipos impositivos y procedimientos de recaudación.
Presupuesto: Establece el ciclo presupuestario y las reglas para la modificación y ejecución del presupuesto.
Gastos: Define los principios y procedimientos para la autorización y control del gasto público.
Control y Fiscalización: Establece los órganos responsables de la fiscalización de la actividad económico-financiera de la Comunidad de Madrid.
El Derecho Financiero en España, fundamentado en principios constitucionales, regula de manera integral la actividad económica del Estado y la Hacienda Pública, asegurando que los recursos se obtengan y utilicen de manera legal, equitativa y eficiente. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid proporciona el marco normativo necesario para la correcta gestión de los recursos públicos en esta comunidad, garantizando así la sostenibilidad de las políticas públicas y el bienestar de la sociedad.
2. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. La recaudación de ingresos: Procedimientos de recaudación voluntaria. El procedimiento de apremio. Los derechos y garantías de los obligados tributarios
Concepto
Los ingresos públicos se refieren a los recursos financieros que obtienen las Administraciones Públicas para financiar sus actividades y garantizar la prestación de servicios públicos. Estos ingresos son esenciales para el funcionamiento del Estado y para el cumplimiento de sus funciones.
Clasificación
Los ingresos públicos se pueden clasificar de diversas maneras, entre las cuales destacan:
Por su naturaleza:
Tributarios: Provenientes de la imposición fiscal sobre la renta, el patrimonio, el consumo y otras actividades económicas. Ejemplos incluyen el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y los impuestos sobre bienes inmuebles.
No tributarios: Aquellos que no derivan de un tributo, como tasas, precios públicos, multas, sanciones y otros ingresos por la venta de bienes y servicios.
Por su origen:
Propios: Ingresos generados por la propia actividad de la Administración, como las tasas por servicios públicos.
Cedidos: Ingresos que las Administraciones Públicas reciben de otros niveles de gobierno, como impuestos que son recaudados por el Estado y posteriormente transferidos a las comunidades autónomas o entidades locales.
Por su temporalidad:
Permanentes: Ingresos que se perciben de forma regular y continua, como los impuestos sobre la renta.
Extraordinarios: Ingresos que se obtienen de forma puntual, como las indemnizaciones o subvenciones.
La recaudación de ingresos es el proceso a través del cual las Administraciones Públicas obtienen los recursos financieros necesarios para su funcionamiento. Este proceso puede realizarse de manera voluntaria o mediante procedimientos de apremio.
Procedimientos de Recaudación Voluntaria
La recaudación voluntaria es el procedimiento mediante el cual los obligados tributarios cumplen con sus obligaciones fiscales sin necesidad de coerción. Este procedimiento suele seguir varios pasos:
Liquidación: La Administración realiza la liquidación del tributo, determinando el importe que debe ser ingresado por el obligado tributario.
Notificación: Se notifica al obligado tributario el resultado de la liquidación y el importe a ingresar. Esto puede hacerse a través de diferentes medios, incluyendo correo electrónico o postal.
Plazo de Pago: Se concede un plazo específico para que el obligado tributario realice el pago. Durante este periodo, el contribuyente puede hacer el ingreso en entidades financieras autorizadas o a través de plataformas electrónicas.
Formas de Pago: El pago puede realizarse en diferentes modalidades, como:
Transferencia bancaria.
Domiciliación.
Pago en efectivo.
El Procedimiento de Apremio
El procedimiento de apremio se activa cuando el obligado tributario no cumple con su obligación de pago dentro del plazo establecido. Este procedimiento incluye varias fases:
Declaración de la Deuda: La Administración declara la deuda tributaria como no satisfecha.
Notificación de Apremio: Se notifica al obligado tributario el inicio del procedimiento de apremio, indicando el importe a pagar, los intereses y los recargos correspondientes.
Embargo de Bienes: Si el obligado tributario sigue sin cumplir, la Administración puede embargar bienes del deudor para garantizar el cobro de la deuda. Esto incluye cuentas bancarias, salarios, o bienes inmuebles.
Subasta de Bienes: Los bienes embargados pueden ser subastados para satisfacer la deuda tributaria.
Recursos: El obligado tributario puede presentar recursos en contra de los actos del procedimiento de apremio.
Los obligados tributarios, es decir, aquellos que tienen la obligación de cumplir con las disposiciones fiscales, cuentan con una serie de derechos y garantías que protegen sus intereses durante el proceso de recaudación. Estos incluyen:
Derecho a la Información: Los obligados tributarios tienen derecho a recibir información clara y comprensible sobre sus obligaciones tributarias, el procedimiento de recaudación y los plazos establecidos.
Derecho a la Defensa: Tienen derecho a ser escuchados y a presentar sus alegaciones ante la Administración antes de que se adopten decisiones que afecten sus derechos.
Derecho a la Protección de Datos: Los datos personales y la información financiera de los obligados tributarios deben ser tratados con confidencialidad y conforme a la normativa de protección de datos.
Derecho a la Revisión: Los obligados tributarios pueden impugnar las liquidaciones y actos administrativos que consideren injustos o incorrectos a través de los recursos establecidos.
Garantías en el Procedimiento de Apremio: Durante el procedimiento de apremio, los obligados tributarios tienen derecho a que se respeten los plazos establecidos, así como a la notificación oportuna de las acciones que se realicen en su contra.
Los ingresos públicos son fundamentales para el funcionamiento del Estado, y su recaudación se realiza a través de procedimientos que pueden ser voluntarios o coercitivos. Los obligados tributarios, por su parte, cuentan con derechos y garantías que les protegen durante el proceso de recaudación, asegurando que su cumplimiento sea justo y equitativo. La correcta gestión de estos ingresos es esencial para el desarrollo de políticas públicas y el bienestar de la sociedad.
3. El sistema tributario español: Principios constitucionales y estructura básica. La imposición directa: Especial referencia al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La imposición indirecta: Especial referencia al Impuesto sobre el Valor Añadido y al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
El sistema tributario español se estructura y fundamenta en varios principios constitucionales recogidos en la Constitución Española de 1978, así como en el Artículo 31.1, que establece que "todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad". A continuación, se detalla su estructura y los impuestos directos e indirectos más relevantes:
El sistema tributario en España se sustenta en varios principios constitucionales:
Principio de Capacidad Económica: Los impuestos deben estar basados en la capacidad contributiva de cada ciudadano. Esto implica que aquellos con mayor capacidad económica deben aportar más.
Principio de Igualdad y No Discriminación: Todos los ciudadanos están obligados a contribuir de forma equitativa y sin discriminaciones en el pago de impuestos.
Principio de Generalidad: Todos los ciudadanos y empresas que obtienen renta o realizan hechos imponibles en territorio español deben contribuir con sus impuestos.
Principio de Progresividad: Los impuestos deben ser progresivos, es decir, su tipo impositivo aumenta a medida que aumenta la capacidad económica del sujeto pasivo.
Principio de Justicia Tributaria: La imposición debe ser justa y proporcional, de modo que no se generen cargas excesivas para los contribuyentes.
El sistema tributario español se divide principalmente en impuestos directos e impuestos indirectos:
Los impuestos directos se aplican de forma directa sobre la renta o el patrimonio de las personas y entidades:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):
Grava la renta de las personas físicas residentes en España.
Está basado en un sistema de progresividad, donde el tipo impositivo aumenta según los tramos de ingresos.
Incluye rentas del trabajo, rentas del capital, rendimientos de actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales.
Las Comunidades Autónomas tienen competencias para ajustar determinados tramos y deducciones.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD):
Grava la transmisión de bienes y derechos entre personas físicas a título lucrativo, ya sea por fallecimiento (sucesiones) o por donaciones en vida.
Es un impuesto estatal cedido a las Comunidades Autónomas, que pueden regular sus tipos y bonificaciones.
La fiscalidad de este impuesto varía significativamente según la Comunidad Autónoma, ya que algunas ofrecen grandes reducciones, mientras que en otras la carga es mayor.
Impuesto sobre Sociedades (IS):
Grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas residentes en España.
Su tipo impositivo general es del 25%, con algunas excepciones y tipos reducidos según el tipo de entidad.
Los impuestos indirectos gravan el consumo y la transferencia de bienes y servicios. Los principales son:
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
Es un impuesto de ámbito estatal que grava el consumo final de bienes y servicios.
Los tipos impositivos son: tipo general (21%), tipo reducido (10%) y tipo superreducido (4%), dependiendo del tipo de bien o servicio.
El IVA se aplica de forma generalizada y con reglas armonizadas a nivel de la Unión Europea.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD):
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Grava la transmisión de bienes inmuebles y determinados derechos, siempre que no estén sujetos a IVA.
Actos Jurídicos Documentados (AJD): Grava la formalización de determinados documentos notariales, mercantiles y administrativos.
Es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, que regulan sus tipos y bonificaciones.
El sistema tributario español permite que algunas figuras impositivas sean gestionadas por las Comunidades Autónomas, lo que les otorga cierto margen de autonomía fiscal. Entre los impuestos cedidos parcialmente se encuentran:
IRPF: Las Comunidades Autónomas pueden modificar ciertos tramos y deducciones.
ISD y ITP y AJD: La regulación de tipos y bonificaciones es competencia autonómica, lo que genera diferencias significativas entre Comunidades.
El sistema tributario español está diseñado para distribuir las cargas fiscales de manera equitativa y progresiva, respetando los principios constitucionales. Además, la coexistencia de impuestos directos e indirectos permite una recaudación diversificada y adaptada a la capacidad contributiva de las personas y empresas. La intervención autonómica, especialmente en materia de sucesiones, donaciones y transmisiones patrimoniales, introduce un componente de diferenciación territorial que influye en la carga fiscal de los contribuyentes según la región en la que residan.
4. La financiación de las Comunidades Autónomas con especial referencia a la Comunidad de Madrid (I): Normativa y principios generales. El Consejo de Política Fiscal y Financiera. Financiación incondicionada: Los tributos cedidos. La participación en los ingresos del Estado. (2005)
El sistema tributario español se basa en un conjunto de principios y estructuras que garantizan la justicia y la eficacia en la recaudación de ingresos para financiar las actividades del Estado. A continuación, se detalla su estructura básica y se analizan tanto la imposición directa como la indirecta.
Principios Constitucionales
El sistema tributario español se rige por varios principios fundamentales que están consagrados en la Constitución Española de 1978. Estos principios incluyen:
Capacidad Contributiva: Los impuestos deben ser proporcionales a la capacidad económica de los ciudadanos, de modo que quienes tienen mayores ingresos contribuyan más.
Igualdad: Todos los ciudadanos deben ser tratados de manera equitativa en materia tributaria, sin discriminación por motivos de raza, sexo, religión, etc.
Legalidad: No se puede exigir un tributo sin que exista una ley que lo establezca, garantizando así la seguridad jurídica.
Progresividad: Los tributos deben diseñarse de manera que las tasas impositivas aumenten conforme se incrementan los ingresos, es decir, los que más ganan deben pagar más.
No Confiscatoriedad: Los tributos no deben ser tan altos que resulten en una confiscación de la propiedad o de los ingresos de los contribuyentes.
Estructura Básica del Sistema Tributario
El sistema tributario español se compone de diferentes tipos de impuestos que se pueden clasificar en:
Impuestos Directos: Aquellos que gravan directamente la renta o el patrimonio de los contribuyentes.
Impuestos Indirectos: Impuestos que se aplican sobre el consumo de bienes y servicios.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El IRPF es un impuesto directo que grava la renta obtenida por las personas físicas en un determinado periodo, generalmente un año. Algunas características clave son:
Base Imponible: Se determina sumando todos los ingresos obtenidos por el contribuyente (trabajo, capital, actividades económicas, etc.), menos deducciones y reducciones específicas.
Tipo Impositivo: Es progresivo, lo que significa que a medida que aumenta la renta, también lo hace el tipo impositivo que se aplica. El tipo impositivo varía entre el 19% y el 47% en función de los tramos de ingresos.
Deducciones y Bonificaciones: Existen diversas deducciones que pueden aplicarse, como las deducciones por inversión en vivienda habitual, por donaciones, o por aportaciones a planes de pensiones.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)
Este impuesto grava la transmisión de bienes y derechos por herencia (sucesiones) o por donación (donaciones). Las características principales son:
Base Imponible: Se determina sobre el valor de los bienes y derechos que se transmiten, tras aplicar reducciones específicas.
Tipo Impositivo: También es progresivo, y varía en función de la relación de parentesco entre el donante o el fallecido y el beneficiario. Las herencias y donaciones a familiares directos suelen tener tipos impositivos más bajos que las que se hacen a terceros.
Autonomía en la Regulación: Las comunidades autónomas tienen competencias para establecer bonificaciones y reducciones en este impuesto, lo que genera diferencias significativas entre regiones.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en España. Sus características incluyen:
Base Imponible: Se calcula sobre el precio de venta de los bienes y servicios, incluyendo impuestos.
Tipos Impositivos: Existen tres tipos de IVA:
Tipo General: 21%, aplicado a la mayoría de bienes y servicios.
Tipo Reducido: 10%, aplicable a algunos productos, como alimentos, transporte y ciertos servicios turísticos.
Tipo Superreducido: 4%, que se aplica a productos de primera necesidad, como pan, leche, y medicamentos.
Exenciones: Algunos servicios, como educación y salud, están exentos del IVA.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)
Este impuesto grava la transmisión de bienes y derechos, así como ciertos actos jurídicos documentados. Se divide en dos partes:
Transmisiones Patrimoniales: Grava la adquisición de bienes inmuebles y derechos reales. La base imponible es el valor del bien adquirido, y el tipo impositivo varía según la comunidad autónoma, generalmente entre el 6% y el 10%.
Actos Jurídicos Documentados: Se aplica a documentos notariales, mercantiles y administrativos. La base imponible varía según el acto que se documente, y el tipo impositivo también varía según la comunidad autónoma, generalmente entre el 0,5% y el 1,5%.
El sistema tributario español está fundamentado en principios constitucionales que garantizan la equidad y la justicia en la recaudación de impuestos. La imposición directa, que incluye el IRPF y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se basa en la capacidad económica del contribuyente, mientras que la imposición indirecta, como el IVA y el ITP y AJD, se centra en el consumo y la transmisión de bienes. La regulación y la estructura del sistema tributario son esenciales para la financiación de las actividades del Estado y la prestación de servicios públicos a la ciudadanía.
5. La financiación de las Comunidades Autónomas con especial referencia a la Comunidad de Madrid (II): Financiación condicionada: Los Fondos de Compensación Inter- territorial. Los fondos de la Unión Europea. Otras subvenciones finalistas. Fuentes de financiación autónoma.
La financiación de las Comunidades Autónomas en España es un aspecto fundamental del sistema autonómico, garantizando la suficiencia económica para el desarrollo de sus competencias. A continuación, se analizan la normativa, principios generales, y mecanismos de financiación, con especial atención a la Comunidad de Madrid.
1. Normativa y Principios Generales
La financiación de las Comunidades Autónomas se regula principalmente a través de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas, así como el Estatuto de Autonomía de cada comunidad y el marco establecido en la Constitución Española. Los principios generales que rigen la financiación autonómica son:
Suficiencia Financiera: Las Comunidades Autónomas deben contar con los recursos necesarios para el ejercicio de sus competencias, asegurando un nivel de gasto público suficiente.
Autonomía Financiera: Cada Comunidad Autónoma tiene la capacidad de gestionar sus propios ingresos, lo que implica un grado de autonomía en la toma de decisiones fiscales.
Solidaridad: Se busca un equilibrio entre las diferentes Comunidades Autónomas para evitar disparidades significativas en la provisión de servicios públicos.
Transparencia: La normativa establece mecanismos para asegurar que los recursos se gestionen de manera clara y responsable.
2. El Consejo de Política Fiscal y Financiera
El Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) es un órgano consultivo creado para coordinar las políticas fiscales de las Comunidades Autónomas y del Estado. Sus funciones principales son:
Establecer criterios de distribución de recursos: Define los principios que rigen la distribución del Fondo de Financiación a las Comunidades Autónomas.
Control y supervisión: Realiza un seguimiento de las finanzas autonómicas y promueve la colaboración entre las Comunidades Autónomas y la Administración del Estado.
Asesoramiento: Proporciona asesoría técnica en cuestiones fiscales y financieras que afectan a las Comunidades Autónomas.
El CPFF está compuesto por representantes del Estado y de cada una de las Comunidades Autónomas, y su funcionamiento es clave para la coordinación financiera.
3. Financiación Incondicionada: Los Tributos Cedidos
Una de las principales formas de financiación incondicionada para las Comunidades Autónomas son los tributos cedidos. Estos tributos son aquellos que, aunque se recaudan por el Estado, se transfieren en su totalidad o en parte a las Comunidades Autónomas, permitiendo que éstas los gestionen como propios. Entre estos tributos se incluyen:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Las Comunidades Autónomas pueden establecer sus propios tipos impositivos y deducciones.
Impuesto sobre el Patrimonio: Totalmente cedido a las Comunidades Autónomas, que pueden regular su aplicación.
Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones: También completamente cedido, permitiendo una mayor autonomía en la regulación.
La capacidad de gestionar estos tributos permite a las Comunidades Autónomas tener un mayor control sobre su financiación y recursos, adaptando la fiscalidad a las necesidades de sus ciudadanos.
4. Participación en los Ingresos del Estado
Además de los tributos cedidos, las Comunidades Autónomas reciben financiación a través de su participación en los ingresos del Estado. Este mecanismo se basa en:
Sistema de Distribución de Recursos: A través del sistema de financiación, las Comunidades Autónomas participan en los ingresos generados por impuestos estatales, como el IVA o el Impuesto sobre Sociedades.
Fondo de Suficiencia: Se establecen mecanismos para garantizar que todas las Comunidades Autónomas, independientemente de su capacidad recaudatoria, cuenten con recursos suficientes.
La participación en los ingresos del Estado es crucial para asegurar que todas las Comunidades Autónomas puedan atender sus obligaciones y competencias, evitando desigualdades significativas en el acceso a servicios públicos.
La financiación de las Comunidades Autónomas, incluida la Comunidad de Madrid, se fundamenta en principios de suficiencia, autonomía, solidaridad y transparencia. El Consejo de Política Fiscal y Financiera juega un papel esencial en la coordinación y supervisión de las políticas fiscales. La combinación de tributos cedidos y la participación en los ingresos del Estado proporciona a las Comunidades Autónomas las herramientas necesarias para gestionar sus recursos de manera eficiente, garantizando el ejercicio de sus competencias y el bienestar de sus ciudadanos. En el caso específico de la Comunidad de Madrid, la capacidad de gestionar tributos como el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio se traduce en una mayor autonomía fiscal, permitiendo adaptar su política tributaria a las características y necesidades de su población.
6. El Presupuesto: Concepto y naturaleza. Evolución histórica de las técnicas presupuestarias: Del presupuesto clásico al presupuesto por programas. El presupuesto en base cero.
1. Concepto de Presupuesto
El presupuesto se define como un documento que refleja la planificación financiera de un ente, ya sea público o privado, para un período determinado, generalmente un año. En el contexto de la Administración Pública, el presupuesto es esencial para la asignación de recursos económicos, programando los ingresos y gastos necesarios para cumplir con los objetivos y políticas públicas.
2. Naturaleza del Presupuesto
La naturaleza del presupuesto puede caracterizarse por los siguientes aspectos:
Instrumento de Planificación: Permite a las entidades públicas definir sus objetivos y prioridades, planificando la utilización de recursos.
Herramienta de Control: Facilita el seguimiento y la evaluación de la ejecución de las políticas públicas, permitiendo comparar lo planificado con lo realmente ejecutado.
Marco Jurídico: En muchas jurisdicciones, la aprobación del presupuesto requiere el visto bueno de los parlamentos o asambleas, lo que le confiere un carácter legal.
Expresión Económica: El presupuesto expresa de manera cuantitativa las decisiones políticas y administrativas, convirtiendo las prioridades en cifras.
A lo largo del tiempo, las técnicas presupuestarias han evolucionado desde enfoques tradicionales hacia modelos más complejos y dinámicos. A continuación se describen las etapas más relevantes en esta evolución:
1. Presupuesto Clásico
El presupuesto clásico se caracteriza por ser un documento que simplemente registra ingresos y gastos previstos. Su enfoque es mayormente histórico, basado en datos pasados, y su estructura es generalmente rígida. Las principales características son:
Control de Gastos: El énfasis está en el control del gasto más que en la planificación estratégica.
Presupuesto Anual: Se realiza de manera anual y se basa en la repetición de los gastos de años anteriores.
Participación Limitada: La elaboración del presupuesto se realiza generalmente por el departamento de finanzas, con poca participación de otras áreas.
2. Presupuesto por Programas
El presupuesto por programas representa un avance significativo en la forma de abordar la planificación y la ejecución del presupuesto. Se introdujo en la administración pública en las décadas de 1960 y 1970 y se centra en la relación entre recursos y objetivos. Sus características incluyen:
Orientación a Resultados: Se vincula cada gasto con resultados específicos, facilitando la evaluación de la eficacia de las políticas.
Desagregación: Se organiza en programas y actividades, permitiendo un análisis más detallado de la asignación de recursos.
Participación Ampliada: Involucra a diversas áreas y unidades administrativas en la elaboración del presupuesto, promoviendo un enfoque más colaborativo.
Evaluación y Ajuste: Permite realizar ajustes en función de la efectividad de los programas, incentivando la mejora continua.
3. Presupuesto en Base Cero
El presupuesto en base cero (PBCZ) es una técnica que se popularizó en la década de 1970 y que ha ganado relevancia en contextos donde se requiere una evaluación exhaustiva del gasto público. Se caracteriza por:
Evaluación Anual de Necesidades: Cada año, se parte de un "cero" presupuestario, lo que implica justificar cada gasto nuevo, independientemente de los gastos del año anterior.
Priorización de Recursos: Este enfoque obliga a priorizar los programas y actividades, permitiendo que solo se financien aquellas que se consideran esenciales o de alto impacto.
Transparencia: Aumenta la transparencia en la asignación de recursos, ya que cada gasto debe ser justificado.
Flexibilidad: Permite una mayor adaptación a las cambiantes necesidades y prioridades de la administración pública.
La evolución histórica de las técnicas presupuestarias muestra un cambio significativo en la forma en que las entidades públicas gestionan y planifican sus recursos. Desde el presupuesto clásico, centrado en la simple contabilización de ingresos y gastos, hasta el presupuesto por programas y el presupuesto en base cero, se ha avanzado hacia modelos que promueven la efectividad, la transparencia y la adaptación a las necesidades actuales. Cada técnica aporta su propio valor y utilidad, permitiendo a las administraciones públicas gestionar sus recursos de manera más eficiente y responsable.
7. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (I): Concepto, contenido, regulación jurídica y estructura. La formación del presupuesto: Elaboración, examen, enmienda y aprobación. Las leyes de estabilidad presupuestaria.
1. Concepto del Presupuesto
El presupuesto de la Comunidad de Madrid es un instrumento fundamental de planificación y control que establece la previsión de ingresos y gastos del Gobierno Regional para un período determinado, usualmente un año. A través de este documento se articulan las políticas públicas, permitiendo al Gobierno gestionar los recursos necesarios para llevar a cabo sus objetivos y prioridades.
2. Contenido del Presupuesto
El contenido del presupuesto de la Comunidad de Madrid se compone de:
Ingresos: Incluye todos los recursos económicos que la Comunidad espera recibir, provenientes de diversas fuentes como impuestos, tasas, transferencias del Estado y otras entidades, y ingresos patrimoniales.
Gastos: Se clasifica en diferentes categorías según su naturaleza, como gastos de personal, gastos en bienes y servicios, transferencias a entidades, inversiones y otros gastos corrientes.
Superávit o Déficit: El balance entre ingresos y gastos determinará si el presupuesto es superavitario o deficitario, lo cual tiene implicaciones importantes para la sostenibilidad financiera de la Comunidad.
3. Regulación Jurídica
La regulación jurídica del presupuesto de la Comunidad de Madrid está establecida por diversas leyes y normativas:
Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Este documento establece los principios generales que rigen la organización y funcionamiento de la Comunidad, incluyendo aspectos relacionados con la financiación y la gestión presupuestaria.
Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid: Regula el régimen económico y financiero de la Comunidad, estableciendo las normas para la elaboración y ejecución del presupuesto.
Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera: Asegura que las comunidades autónomas mantengan un equilibrio presupuestario y no incurran en déficit excesivo.
4. Estructura del Presupuesto
La estructura del presupuesto de la Comunidad de Madrid suele presentarse de la siguiente manera:
Presupuesto de Ingresos: Detalla la previsión de todos los ingresos que se esperan obtener durante el año, categorizando las fuentes de financiamiento.
Presupuesto de Gastos: Se desglosa en programas y partidas que reflejan la asignación de recursos a distintas áreas y políticas públicas.
Anexos y Documentación Complementaria: Incluye informes y justificaciones que ofrecen un contexto y una base para la evaluación del presupuesto, así como detalles sobre la ejecución de ejercicios anteriores.
5. Formación del Presupuesto
El proceso de formación del presupuesto en la Comunidad de Madrid incluye las siguientes etapas:
Elaboración: Esta fase es responsabilidad del Gobierno regional, que elabora un anteproyecto de presupuesto basado en las prioridades políticas y en la normativa vigente.
Examen: Una vez elaborado el anteproyecto, se presenta ante la Asamblea de Madrid, donde se realiza un examen detallado del mismo. Esta fase incluye la revisión por parte de las comisiones pertinentes.
Enmienda: Durante el examen, los grupos parlamentarios pueden presentar enmiendas al anteproyecto, proponiendo modificaciones o adiciones.
Aprobación: El presupuesto debe ser aprobado por la Asamblea de Madrid mediante un proceso de votación. Es necesario que la mayoría de los miembros de la Asamblea respalden el presupuesto para que entre en vigor.
6. Leyes de Estabilidad Presupuestaria
Las leyes de estabilidad presupuestaria son normativas clave que regulan la capacidad de gasto y la gestión económica de las administraciones públicas, incluyendo las comunidades autónomas como Madrid. Estas leyes establecen principios y criterios que buscan:
Equilibrio presupuestario: Obligar a las administraciones a no incurrir en déficit excesivo.
Sostenibilidad financiera: Asegurar que las decisiones de gasto no comprometan la capacidad financiera a largo plazo de las administraciones.
Transparencia: Promover la transparencia en la elaboración y ejecución de los presupuestos, facilitando el acceso a la información para los ciudadanos y la rendición de cuentas.
Control de la deuda: Establecer límites a la acumulación de deuda pública, garantizando una gestión responsable de los recursos.
El presupuesto de la Comunidad de Madrid es un documento clave para la planificación y ejecución de políticas públicas, regulado por un marco jurídico que asegura su alineación con principios de estabilidad y sostenibilidad financiera. El proceso de formación del presupuesto incluye etapas de elaboración, examen, enmienda y aprobación, que garantizan la participación de la Asamblea de Madrid y la transparencia en la gestión de los recursos públicos. Las leyes de estabilidad presupuestaria son esenciales para mantener un equilibrio y una gestión responsable de las finanzas públicas.
8. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (II): Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias.
1. Modificaciones Presupuestarias
Las modificaciones presupuestarias son alteraciones que se realizan en el presupuesto inicial aprobado para ajustarse a las necesidades y circunstancias que surgen a lo largo del ejercicio fiscal. Estas modificaciones son esenciales para asegurar la flexibilidad y eficacia en la gestión del presupuesto. Pueden ser clasificadas en diferentes tipos:
Créditos extraordinarios
Suplementos de crédito
Transferencias de crédito
Otras modificaciones presupuestarias
2. Créditos Extraordinarios
Los créditos extraordinarios son partidas presupuestarias que se crean para cubrir gastos no previstos en el presupuesto inicial. Estas situaciones pueden surgir debido a emergencias o situaciones imprevistas que requieren atención urgente, como desastres naturales, emergencias sanitarias o situaciones sociales críticas.
Autorización: Para la aprobación de créditos extraordinarios, es necesaria la autorización previa de la Asamblea de Madrid. Esto garantiza la transparencia y el control del uso de los recursos públicos.
Procedimiento: Los créditos extraordinarios son objeto de un procedimiento específico, que incluye la elaboración de un expediente que justifique la necesidad del gasto y su urgencia.
3. Suplementos de Crédito
Los suplementos de crédito se utilizan para aumentar las dotaciones presupuestarias de partidas que ya existen en el presupuesto inicial, cuando se prevé que la cantidad asignada inicialmente no será suficiente para cubrir los gastos previstos.
Justificación: La justificación de un suplemento de crédito debe basarse en la necesidad de financiar obligaciones que ya han surgido, y debe estar debidamente documentada.
Autorización: Al igual que los créditos extraordinarios, los suplementos requieren la autorización de la Asamblea de Madrid, asegurando así la adecuada supervisión del gasto público.
4. Transferencias de Crédito
Las transferencias de crédito permiten mover recursos entre diferentes partidas dentro del mismo presupuesto. Esta figura es útil para ajustar el presupuesto a la realidad del gasto a medida que avanza el ejercicio.
Tipos de transferencias:
Transferencias entre capítulos: Permiten mover dinero de un capítulo a otro, como de personal a gastos corrientes.
Transferencias dentro del mismo capítulo: Permiten redistribuir recursos entre diferentes conceptos dentro del mismo capítulo.
Procedimiento: Las transferencias no requieren la modificación del presupuesto inicial, pero deben ser informadas a la Asamblea para garantizar la transparencia y el control.
5. Otras Modificaciones Presupuestarias
Además de los créditos extraordinarios, suplementos y transferencias, existen otras formas de modificaciones presupuestarias que pueden incluir:
Reclasificaciones: Cambios en la clasificación de los gastos o ingresos, que no alteran el monto total del presupuesto.
Anulaciones de crédito: Reducciones en las partidas presupuestarias que pueden no ser necesarias debido a cambios en la previsión de ingresos o gastos.
Modificaciones por razones técnicas: Ajustes que se realizan por requerimientos técnicos, normativos o por cambios en la legislación que afectan el presupuesto.
Las modificaciones presupuestarias son un componente esencial de la gestión financiera de la Comunidad de Madrid, permitiendo la adaptación y flexibilidad del presupuesto a circunstancias cambiantes. Los créditos extraordinarios y suplementos de crédito abordan situaciones imprevistas y aumentan las asignaciones presupuestarias, mientras que las transferencias permiten una mejor redistribución de los recursos existentes. Otras modificaciones también son necesarias para asegurar una gestión adecuada y efectiva del presupuesto, garantizando así la responsabilidad en el uso de los fondos públicos.
9. El gasto público: Concepto, clases y régimen jurídico. Gastos de personal. Gastos para la compra de bienes corrientes y servicios. Gastos de transferencias: Corrientes y de capital. Gastos de inversión.
1. Concepto de Gasto Público
El gasto público se refiere a todas las erogaciones realizadas por el Estado y las Administraciones Públicas para la satisfacción de necesidades colectivas y el cumplimiento de sus funciones. Este gasto es fundamental para el funcionamiento del Estado, el desarrollo de políticas públicas y la provisión de servicios a la ciudadanía. El gasto público se refleja en el presupuesto del Estado, y su control y supervisión son esenciales para garantizar la eficiencia y la transparencia en la gestión de los recursos públicos.
2. Clases de Gasto Público
El gasto público se clasifica generalmente en varias categorías, cada una con características y finalidades distintas. A continuación, se describen las principales clases de gasto público:
Gastos de Personal
Gastos para la Compra de Bienes Corrientes y Servicios
Gastos de Transferencias
Gastos de Inversión
3. Régimen Jurídico del Gasto Público
El régimen jurídico del gasto público está determinado por una serie de normas y principios que regulan la planificación, ejecución, control y modificación del gasto. Entre los aspectos más relevantes se encuentran:
Principios de Legalidad y Presupuestariedad: Todo gasto público debe estar previsto en el presupuesto aprobado por las instancias competentes, garantizando así la transparencia y el control del uso de los recursos públicos.
Control Financiero: Existen mecanismos de control interno y externo para supervisar el gasto público y garantizar que se utilice de manera adecuada.
Responsabilidad Fiscal: Las administraciones públicas deben actuar de forma responsable en la gestión del gasto, evitando déficits insostenibles y promoviendo la estabilidad financiera.
4.1. Gastos de Personal
Los gastos de personal comprenden todas las erogaciones destinadas a remunerar a los empleados públicos. Esto incluye salarios, sueldos, cargas sociales y otros beneficios.
Importancia: Este tipo de gasto es generalmente el más significativo en los presupuestos públicos, ya que la administración necesita contar con personal capacitado para llevar a cabo sus funciones.
Elementos: Incluyen no solo la remuneración directa, sino también conceptos como complementos, horas extras, indemnizaciones y aportaciones a la Seguridad Social.
4.2. Gastos para la Compra de Bienes Corrientes y Servicios
Los gastos para la compra de bienes corrientes y servicios son aquellos destinados a adquirir bienes y servicios necesarios para el funcionamiento de la administración pública. Esto incluye:
Bienes Corrientes: Material de oficina, suministros, equipos, entre otros.
Servicios: Contrataciones de servicios como limpieza, mantenimiento, consultorías, entre otros.
4.3. Gastos de Transferencias
Los gastos de transferencias son erogaciones realizadas sin contrapartida directa, es decir, el Estado entrega recursos a otros entes o ciudadanos, sin recibir un servicio o bien a cambio. Estos pueden clasificarse en:
Transferencias Corrientes: Subsidios, ayudas y pensiones que se entregan a individuos, empresas o entidades para apoyar el consumo o facilitar servicios básicos.
Transferencias de Capital: Gastos destinados a la financiación de inversiones en infraestructura y desarrollo, como construcción de hospitales, escuelas, carreteras, etc.
4.4. Gastos de Inversión
Los gastos de inversión son aquellos destinados a la creación, mejora o mantenimiento de activos a largo plazo, contribuyendo así al desarrollo de la infraestructura pública y al crecimiento económico.
Proyectos: Incluyen obras públicas, inversiones en tecnología, equipamiento y otras iniciativas que generan un impacto positivo en la economía a largo plazo.
Financiación: A menudo, este tipo de gasto se financia a través de deuda pública o fondos específicos, dado que los beneficios de estas inversiones se proyectan en un horizonte temporal más amplio.
El gasto público es un elemento clave en la gestión de las administraciones públicas, ya que permite la realización de políticas y programas destinados a satisfacer las necesidades de la población. La correcta clasificación y régimen jurídico del gasto público son fundamentales para garantizar su transparencia, control y eficiencia. Los gastos de personal, bienes corrientes y servicios, transferencias y gastos de inversión son las principales categorías que conforman el gasto público, cada una con su importancia y repercusiones en el desarrollo social y económico de la comunidad.
10. Ordenación del gasto y ordenación del pago en la Comunidad de Madrid. Órganos competentes. Fases del procedimiento. Documentos contables que intervienen en la ejecución de los gastos y de los pagos. Disposición de fondos de la Tesorería General.
La ordenación del gasto y la ordenación del pago son aspectos esenciales de la gestión financiera de la Comunidad de Madrid, garantizando una adecuada administración de los recursos públicos. A continuación, se presentan los principales elementos de este proceso, así como los órganos competentes, las fases del procedimiento y los documentos contables involucrados.
1. Concepto de Ordenación del Gasto y del Pago
Ordenación del Gasto: Se refiere al conjunto de procedimientos y normas que regulan la planificación, ejecución y control del gasto público. Involucra la autorización, compromiso y reconocimiento de las obligaciones que se derivan de la ejecución del gasto.
Ordenación del Pago: Implica la regulación y gestión de los pagos que se realizan a partir de las obligaciones reconocidas. Este proceso asegura que los recursos económicos disponibles se utilicen conforme a la legalidad y se realicen en tiempo y forma.
2. Órganos Competentes
La gestión del gasto y del pago en la Comunidad de Madrid está bajo la responsabilidad de diferentes órganos, cada uno con funciones específicas:
Consejería de Hacienda: Se encarga de la planificación, ejecución y control de los gastos y pagos de la Comunidad. También es responsable de la elaboración de los presupuestos.
Intervención General: Este órgano supervisa y controla la legalidad, eficacia y eficiencia del gasto público, así como la contabilidad pública.
Tesorería General de la Comunidad de Madrid: Gestiona la disponibilidad de fondos, realiza los pagos y controla la tesorería.
Órganos de gestión de cada Consejería: Cada consejería es responsable de la gestión del gasto correspondiente a sus competencias y actividades.
3. Fases del Procedimiento de Ordenación del Gasto
El procedimiento de ordenación del gasto se desarrolla en varias fases:
Planificación del Gasto:
Definición de objetivos y prioridades en el presupuesto.
Elaboración del proyecto de presupuesto.
Autorización del Gasto:
Aprobación del presupuesto por la Asamblea de Madrid.
Autorización de los créditos necesarios para el gasto.
Compromiso del Gasto:
Creación de obligaciones por la contratación de bienes y servicios.
Formalización de contratos y adquisiciones.
Reconocimiento de la Obligación:
Certificación de que los bienes o servicios han sido recibidos y cumplen con los requisitos.
Liquidación del Gasto:
Determinación de la cantidad exacta que debe pagarse tras la prestación del servicio o entrega del bien.
4. Fases del Procedimiento de Ordenación del Pago
El procedimiento de ordenación del pago sigue estas fases:
Solicitud de Pago:
Presentación de la solicitud de pago por el órgano gestor correspondiente.
Verificación del Pago:
Control por parte de la Intervención General para asegurar que se cumplen los requisitos legales y que la obligación ha sido reconocida.
Autorización del Pago:
Autorización por la autoridad competente para proceder con el pago.
Pago:
Realización efectiva del pago mediante la Tesorería General.
5. Documentos Contables que Intervienen en la Ejecución de los Gastos y de los Pagos
Durante el proceso de ejecución del gasto y de los pagos, se utilizan diversos documentos contables, entre ellos:
Presupuesto: Documento que contiene la estimación de ingresos y gastos para el ejercicio fiscal.
Compromisos de Gasto: Documentos que formalizan las obligaciones de gasto asumidas por la administración.
Reconocimiento de Obligaciones: Documentos que certifican que los bienes y servicios han sido recibidos y se han cumplido las condiciones acordadas.
Justificación de Gastos: Documentación que acredita la utilización del gasto, como facturas, recibos y otros documentos.
Órdenes de Pago: Instrucciones que permiten a la Tesorería General realizar los pagos correspondientes.
6. Disposición de Fondos de la Tesorería General
La disposición de fondos de la Tesorería General es un aspecto crucial para la ejecución del gasto y del pago. Los principios que rigen esta disposición incluyen:
Disponibilidad Presupuestaria: No se podrán realizar pagos que no estén debidamente autorizados en el presupuesto.
Prioridad de Pagos: Se establece un orden de prioridades en los pagos, asegurando que se cumplan primero las obligaciones más urgentes y que afecten a derechos fundamentales.
Control Interno: La Tesorería General está sujeta a controles internos para verificar la legalidad y eficiencia de los pagos realizados.
La ordenación del gasto y del pago en la Comunidad de Madrid es un proceso estructurado que asegura la correcta utilización de los recursos públicos. A través de órganos competentes, fases claramente definidas y la utilización de documentos contables específicos, se busca garantizar la transparencia y eficiencia en la gestión financiera. La disposición de fondos de la Tesorería General es esencial para la ejecución de las obligaciones reconocidas, asegurando que los pagos se realicen de acuerdo con la normativa vigente.
11. Pagos. Régimen jurídico en la Comunidad de Madrid: Concepto y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestadas. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja fija. Pagos “a justificar”. Justificación de libramientos. (2005 Promoción Interna)
El régimen jurídico de los pagos en la Comunidad de Madrid se basa en la normativa que regula la gestión del gasto público. A continuación, se explican los conceptos y clasificaciones de los pagos, así como los diferentes tipos de pagos que se pueden realizar.
1. Concepto de Pagos
Los pagos representan el desembolso efectivo de dinero por parte de la administración pública para satisfacer obligaciones derivadas de gastos públicos. Estos pagos son esenciales para la ejecución del presupuesto y la realización de actividades administrativas y servicios públicos.
2. Clasificación de los Pagos
Los pagos en la Comunidad de Madrid se pueden clasificar en función de diferentes criterios:
Por su origen:
Pagos por obligaciones presupuestadas: Corresponden a gastos que han sido previamente autorizados y contabilizados en el presupuesto de la Comunidad.
Pagos por ejercicios cerrados: Se refieren a los pagos que se realizan por obligaciones generadas en ejercicios presupuestarios anteriores que han sido cerrados.
Por su forma de justificación:
Anticipos de caja fija: Son pagos realizados de manera anticipada para cubrir gastos menores o de urgencia, que se justifican posteriormente.
Pagos "a justificar": Implican que el beneficiario recibe el pago antes de justificar el gasto, pero debe presentar la justificación en un plazo determinado.
Justificación de libramientos: Se refiere a la obligación del beneficiario de presentar la documentación justificativa que acredite la aplicación correcta del gasto realizado.
3. Pagos por Obligaciones Presupuestadas
Los pagos por obligaciones presupuestadas son aquellos que se derivan de compromisos de gasto previamente reconocidos y autorizados en el presupuesto. Este tipo de pago se efectúa tras el reconocimiento de la obligación, y está sujeto a los principios de legalidad y eficacia:
Proceso de Pago:
Se inicia con la autorización del gasto en el presupuesto.
Se verifica que la obligación esté debidamente reconocida.
Se efectúa el pago a favor del acreedor o proveedor correspondiente.
Control:
La intervención general de la Comunidad supervisa y controla la legalidad y el cumplimiento de los pagos realizados.
4. Pagos por Ejercicios Cerrados
Los pagos por ejercicios cerrados son aquellos que se realizan para satisfacer obligaciones que se generaron en ejercicios presupuestarios anteriores. Estos pagos están regulados para evitar desajustes en la contabilidad pública:
Características:
Se efectúan solo si existe la correspondiente disponibilidad presupuestaria.
Pueden requerir un procedimiento específico de reconocimiento de la obligación, dado que el ejercicio presupuestario ya está cerrado.
Limitaciones:
Los pagos por ejercicios cerrados deben estar debidamente justificados y documentados, y no deben superar el límite de tiempo establecido por la normativa.
5. Anticipos de Caja Fija
Los anticipos de caja fija son una modalidad de pago que permite a los órganos gestores realizar desembolsos de manera anticipada para cubrir gastos menores o urgentes. Este mecanismo es útil para la agilidad en la gestión del gasto público:
Características:
Se establecen montos máximos para cada anticipo.
Se justifican posteriormente con la presentación de recibos o facturas.
Se utilizan para gastos que no requieren un procedimiento administrativo complejo.
Control y Justificación:
La justificación de estos anticipos debe realizarse en un plazo determinado, y su control se lleva a cabo por la Intervención General.
6. Pagos "a Justificar"
Los pagos "a justificar" son aquellos que se efectúan a favor de un beneficiario antes de que este presente la justificación correspondiente. Este mecanismo busca facilitar la agilidad en la gestión de ciertos gastos:
Proceso de Pago:
Se realiza el pago sin la presentación previa de la justificación del gasto.
El beneficiario tiene la obligación de presentar la justificación en un plazo específico, que generalmente se determina en la normativa.
Condiciones:
Este tipo de pago suele estar limitado a situaciones específicas y debe ser autorizado por el órgano competente.
7. Justificación de Libramientos
La justificación de libramientos se refiere al proceso mediante el cual el beneficiario debe presentar la documentación que acredite la correcta utilización del gasto que se ha pagado:
Documentación Justificativa:
Facturas, recibos y cualquier otro documento que respalde la realización del gasto.
Control de Justificación:
La Intervención General de la Comunidad de Madrid es la encargada de verificar la correcta justificación de los libramientos realizados.
La falta de justificación en el plazo establecido puede resultar en la exigencia de reintegro del importe pagado.
El régimen jurídico de los pagos en la Comunidad de Madrid establece un marco normativo claro que regula cómo se llevan a cabo los desembolsos de dinero por parte de la administración pública. A través de la clasificación de los pagos y los procedimientos asociados, se busca garantizar la transparencia, eficacia y legalidad en la gestión del gasto público. La correcta utilización de anticipos, pagos "a justificar" y la justificación de libramientos son elementos clave para el buen funcionamiento de la administración financiera en la Comunidad.
12. Nóminas: Estructura y normas de confección. Altas y bajas: Su justificación. Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos económicos.
La gestión de nóminas en la Administración Pública es un proceso fundamental que garantiza el pago correcto de los salarios a los empleados públicos. A continuación, se aborda la estructura de las nóminas, las normas de confección, así como el manejo de altas y bajas, los ingresos en formalización, y los conceptos de devengo y liquidación de derechos económicos.
1. Estructura de la Nómina
La nómina es un documento que refleja las remuneraciones que recibe un empleado público, y su estructura generalmente incluye:
Identificación del Empleado:
Nombre completo, número de identificación (DNI, NIE, etc.), y puesto de trabajo.
Conceptos de la Nómina:
Base de Cotización: Importe que se utiliza para calcular las contribuciones a la Seguridad Social.
Salario Base: Remuneración mínima acordada por el puesto de trabajo.
Complementos:
Complementos Personales: Por antigüedad, titulación, etc.
Complementos de Destino: Relacionados con el puesto y la responsabilidad.
Complementos Específicos: Según las características particulares del puesto.
Deducciones:
Retenciones de IRPF: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Contribuciones a la Seguridad Social: Aportaciones del empleado al régimen de Seguridad Social.
Total a Percibir:
Importe final que el empleado recibirá tras las deducciones.
2. Normas de Confección de la Nómina
La confección de nóminas en la Administración Pública debe seguir una serie de normas que garantizan la legalidad y la transparencia:
Normativa Aplicable:
Leyes estatales y autonómicas que regulan la función pública y el régimen salarial.
Convenios colectivos específicos que pueden establecer condiciones particulares.
Criterios de Cálculo:
Deben respetarse los criterios de cálculo establecidos por la normativa vigente y los convenios aplicables.
Los complementos y deducciones deben aplicarse de acuerdo a lo estipulado.
Periodicidad:
Las nóminas se generan de manera mensual, y su plazo de pago debe ser respetado (normalmente, en los primeros días del mes siguiente).
3. Altas y Bajas: Su Justificación
La gestión de altas y bajas en el sistema de nóminas es esencial para garantizar el correcto funcionamiento del personal público:
Altas:
Se refieren a la incorporación de nuevos empleados al servicio público.
Justificación: Debe presentarse la documentación que acredite la relación laboral (contrato de trabajo, informes de aptitud, etc.).
Bajas:
Se producen cuando un empleado deja de formar parte de la administración (por jubilación, renuncia, despido, etc.).
Justificación: Debe estar respaldada por la documentación correspondiente (certificados de baja, cartas de renuncia, etc.).
Comunicación:
Las altas y bajas deben ser comunicadas a los órganos de gestión de personal y de nóminas de forma inmediata para su correcta reflejo en la nómina.
4. Ingresos en Formalización
Los ingresos en formalización hacen referencia al proceso mediante el cual se registran las aportaciones económicas relacionadas con la nómina:
Proceso:
Se realiza el ingreso de las retenciones de IRPF y las contribuciones a la Seguridad Social en los plazos establecidos.
Los ingresos deben ser informados a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria.
Control:
Es fundamental llevar un control riguroso de los ingresos formalizados para evitar posibles sanciones o intereses de demora.
5. Devengo y Liquidación de Derechos Económicos
Los conceptos de devengo y liquidación son fundamentales en la gestión económica de las nóminas:
Devengo:
Se refiere al momento en que nace el derecho a percibir una retribución.
En la Administración Pública, el devengo suele coincidir con el período mensual del trabajo realizado.
Liquidación de Derechos Económicos:
Consiste en el proceso mediante el cual se determina el importe que corresponde a cada empleado por el trabajo realizado.
Incluye el cálculo de salarios, complementos, deducciones y la elaboración de la nómina.
La correcta gestión de las nóminas en la Administración Pública es esencial para garantizar la satisfacción de los derechos económicos de los empleados. La estructura de la nómina, las normas de confección, la gestión de altas y bajas, y el proceso de devengo y liquidación son elementos clave que deben ser manejados con rigor y transparencia. Esto asegura que los empleados reciban su remuneración de manera justa y oportuna, cumpliendo con las normativas vigentes.
13. El control de la actividad económico-financiera del sector público: Concepto y clases. Control interno y control externo. La Intervención General de la Comunidad de Madrid. Control de legalidad. Control de eficiencia. Control financiero, de eficacia y de auditoría. La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
El control de la actividad económico-financiera del sector público es un componente esencial para garantizar la transparencia, la legalidad y la eficiencia en la gestión de los recursos públicos. A continuación, se detalla el concepto, las clases de control y las instituciones responsables en la Comunidad de Madrid.
1. Concepto y Clases de Control
El control de la actividad económico-financiera se refiere al conjunto de procedimientos y mecanismos que se aplican para verificar la correcta gestión de los recursos públicos. Este control se divide en dos grandes categorías:
Control Interno:
Se lleva a cabo dentro de la propia Administración Pública.
Su objetivo es garantizar que los actos administrativos y financieros se realicen conforme a la legalidad y a las normas internas establecidas.
Incluye auditorías internas, revisiones de cuentas, y evaluaciones de eficiencia y eficacia.
Control Externo:
Realizado por organismos independientes o externos a la Administración.
Su finalidad es asegurar la rendición de cuentas y la transparencia ante la ciudadanía.
Incluye el control financiero y la auditoría de las cuentas públicas.
2. La Intervención General de la Comunidad de Madrid
La Intervención General es el órgano responsable del control interno en la Comunidad de Madrid. Sus funciones principales son:
Control de Legalidad:
Verifica que los actos y operaciones financieras se ajusten a la normativa vigente.
Asegura que la gestión de los recursos públicos cumpla con los principios de legalidad y transparencia.
Control Financiero:
Evalúa la regularidad y la efectividad de los gastos públicos.
Incluye la revisión de las cuentas anuales y la elaboración de informes sobre la gestión económico-financiera.
Control de Eficiencia y Eficacia:
Analiza si los recursos se utilizan de manera óptima para lograr los objetivos establecidos.
Implica auditorías de desempeño y evaluaciones de programas y proyectos.
3. Auditoría
La auditoría es un componente clave del control financiero, y se divide en:
Control Financiero:
Se centra en la revisión de los estados financieros y la contabilidad.
Asegura que los registros reflejen fielmente la situación económico-financiera de la Administración.
Control de Eficiencia:
Evalúa la relación entre los resultados obtenidos y los recursos utilizados.
Busca identificar áreas de mejora en la gestión de los recursos públicos.
Auditoría de Gestión:
Se enfoca en la evaluación de la eficacia y eficiencia de las operaciones administrativas.
Proporciona recomendaciones para optimizar la gestión pública.
4. La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid
La Cámara de Cuentas es el órgano encargado del control externo de la actividad económico-financiera en la Comunidad de Madrid. Sus funciones incluyen:
Auditorías de Cuentas:
Realiza auditorías de la cuenta general de la Comunidad y de las entidades del sector público.
Publica informes que evalúan la legalidad y la eficiencia de la gestión pública.
Control de Legalidad y Eficiencia:
Verifica que los recursos públicos se utilicen de acuerdo con la legislación vigente y que se logren los objetivos propuestos.
Evalúa la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública.
Informes y Recomendaciones:
Elabora informes sobre la gestión económico-financiera que son presentados ante la Asamblea de Madrid.
Sus recomendaciones buscan mejorar la gestión pública y fortalecer la confianza de los ciudadanos.
El control de la actividad económico-financiera del sector público es crucial para garantizar la buena gestión de los recursos públicos en la Comunidad de Madrid. A través del control interno, ejercido por la Intervención General, y el control externo, realizado por la Cámara de Cuentas, se busca asegurar la legalidad, la eficiencia y la transparencia en la administración pública. Estos mecanismos de control no solo fomentan la rendición de cuentas, sino que también promueven una gestión más eficaz de los recursos destinados al bienestar de la ciudadanía.
14. La contabilidad pública: Concepto. Contabilidad preventiva. Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Contabilidad analítica.
La contabilidad pública es un sistema de registro, control y análisis de las operaciones económicas y financieras realizadas por las entidades del sector público. Su objetivo es garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de los recursos públicos, permitiendo un adecuado seguimiento de la ejecución presupuestaria y el cumplimiento de la normativa vigente. A continuación, se detallan los distintos tipos de contabilidad pública:
1. Concepto
La contabilidad pública se refiere a un conjunto de procedimientos y normas que permiten registrar y clasificar todas las operaciones financieras y económicas de las administraciones públicas. Se fundamenta en principios contables específicos que aseguran la correcta gestión y el uso eficiente de los recursos públicos. Es un instrumento esencial para la toma de decisiones, la planificación y el control de la actividad económico-financiera del sector público.
2. Contabilidad Preventiva
Definición:
La contabilidad preventiva es el sistema que se utiliza para evitar desviaciones presupuestarias y asegurar que las operaciones se realicen dentro de los límites establecidos por el presupuesto.
Características:
Se basa en la elaboración y aprobación de presupuestos, donde se prevén los ingresos y gastos.
Su principal función es controlar y prever los recursos disponibles y su correcta utilización.
Ayuda a detectar posibles irregularidades antes de que ocurran, facilitando una gestión más eficiente.
3. Contabilidad Ejecutiva
Definición:
La contabilidad ejecutiva es el sistema que se ocupa de registrar y controlar las operaciones financieras una vez que se han realizado, reflejando la ejecución del presupuesto.
Características:
Se centra en el seguimiento y control de los ingresos y gastos ya ejecutados.
Permite evaluar la eficacia de la gestión pública y la utilización de los recursos.
Facilita la elaboración de informes contables que muestran la situación financiera y el cumplimiento de los objetivos presupuestarios.
4. Contabilidad Crítica
Definición:
La contabilidad crítica es un enfoque que busca analizar y evaluar la información contable desde una perspectiva crítica, considerando aspectos éticos y sociales.
Características:
Se centra en la evaluación de la información contable y su impacto en la sociedad.
Promueve la transparencia y la rendición de cuentas, cuestionando la calidad de la información financiera presentada.
Permite identificar áreas de mejora en la gestión pública y fomentar un uso más responsable de los recursos.
5. Contabilidad Analítica
Definición:
La contabilidad analítica es el sistema que proporciona información detallada sobre los costos y la eficiencia de las actividades y programas de la administración pública.
Características:
Se utiliza para analizar los costos asociados a diferentes programas, proyectos y servicios, facilitando la toma de decisiones informadas.
Permite una evaluación más precisa de la eficacia y eficiencia de la gestión pública.
Contribuye a la elaboración de informes que ayudan a identificar áreas de mejora y optimización de recursos.
La contabilidad pública desempeña un papel fundamental en la gestión de los recursos públicos, permitiendo un seguimiento adecuado de la ejecución presupuestaria y promoviendo la transparencia y la rendición de cuentas. A través de sus diferentes modalidades, como la contabilidad preventiva, ejecutiva, crítica y analítica, se asegura una gestión más eficaz y responsable de los recursos destinados al bienestar de la ciudadanía. Cada tipo de contabilidad contribuye a un entendimiento más profundo de la situación económico-financiera de las entidades públicas y a la mejora continua de sus procesos de gestión.
15. La contabilidad pública y la planificación contable. El Plan General de Contabilidad Pública: Fines, objetivos, ámbito de aplicación y características. Criterios de valoración.
La contabilidad pública es esencial para el correcto funcionamiento y la transparencia del sector público. La planificación contable, a su vez, se refiere a la organización y programación de los procesos contables, asegurando que se sigan principios y normas que garanticen la claridad y la rendición de cuentas.
El Plan General de Contabilidad Pública
El Plan General de Contabilidad Pública (PGCP) es el marco normativo que regula la contabilidad de las entidades del sector público en España. Su finalidad es establecer un sistema contable uniforme que garantice la transparencia y la correcta gestión de los recursos públicos.
Transparencia: Facilitar el acceso a la información contable y financiera de las entidades públicas.
Uniformidad: Establecer un sistema contable común para todas las administraciones públicas, permitiendo la comparación y el análisis de la información financiera.
Control: Proporcionar herramientas para el control interno y externo de la gestión pública.
Rendición de cuentas: Facilitar la elaboración de informes que permitan evaluar la eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos públicos.
Estandarización: Promover un sistema de contabilidad uniforme que facilite la interpretación y análisis de la información.
Información de calidad: Asegurar que la información contable sea relevante, fiable y comparable.
Gestión eficiente: Contribuir a la toma de decisiones informadas por parte de los gestores públicos.
Facilitación del control: Proveer información que facilite la fiscalización y auditoría de las cuentas públicas.
El PGCP se aplica a:
Administraciones Públicas: Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y entidades del sector público.
Entidades públicas: Cualquier entidad que maneje recursos públicos y esté sujeta a control público.
Este ámbito abarca tanto la contabilidad financiera como la contabilidad de gestión, permitiendo una visión integral de la situación económico-financiera del sector público.
Flexibilidad: Permite adaptaciones según las particularidades de cada entidad pública, respetando siempre los principios contables.
Homogeneidad: Busca una contabilidad homogénea en todas las entidades, facilitando la comparación y la consolidación de cuentas.
Integración: Permite integrar la contabilidad financiera con la contabilidad de gestión, proporcionando una visión completa de la actividad pública.
Accesibilidad: La información contable debe ser accesible a la ciudadanía, favoreciendo la transparencia y la participación.
Los criterios de valoración son principios contables que determinan cómo se deben medir y valorar los elementos patrimoniales y las transacciones de las entidades del sector público. Algunos de los criterios más relevantes son:
Criterio de Devengo:
Los ingresos y gastos se registran en el momento en que se devengan, independientemente de cuándo se produzca el movimiento de efectivo.
Criterio del Costo Histórico:
Los activos y pasivos se valoran al costo histórico de adquisición, que incluye el precio de compra y todos los gastos necesarios para poner el activo en condiciones de uso.
Criterio del Valor Razonable:
Se permite la valoración de ciertos activos y pasivos a su valor de mercado o valor razonable, especialmente en situaciones donde el costo histórico no refleja adecuadamente su valor actual.
Criterio de Prudencia:
Se deben reconocer todos los ingresos y ganancias potenciales solo cuando se hayan realizado, mientras que se deben anticipar los gastos y pérdidas probables.
La contabilidad pública y la planificación contable son fundamentales para asegurar la transparencia y la eficacia en la gestión de los recursos públicos. El Plan General de Contabilidad Pública establece un marco normativo que garantiza la uniformidad y la calidad de la información contable, lo que permite un adecuado control y rendición de cuentas en el sector público. A través de criterios de valoración bien definidos, se busca asegurar la fiabilidad de la información financiera, lo que es esencial para la toma de decisiones y la fiscalización de la actividad público-administrativa.
16. Contabilidad presupuestaria y contabilidad de gestión. Los grupos de cuentas: Estructura y contenido. Liquidación y cierre del ejercicio. La Cuenta General del Estado. La Cuenta General de la Comunidad de Madrid.
La contabilidad pública se divide en dos ramas fundamentales: la contabilidad presupuestaria y la contabilidad de gestión. Ambas son esenciales para la administración pública, pero cumplen diferentes funciones y se basan en distintos principios.
Contabilidad Presupuestaria
La contabilidad presupuestaria se centra en la elaboración, ejecución y control del presupuesto público. Su objetivo principal es asegurar que los ingresos y gastos se ajusten a lo planificado en el presupuesto, permitiendo una correcta planificación y control de las finanzas públicas.
Características:
Registro de operaciones presupuestarias: Incluye todos los ingresos y gastos aprobados en el presupuesto.
Control de la ejecución: Permite supervisar si se cumplen los límites establecidos en el presupuesto.
Enfoque en el devengo: Los ingresos se registran cuando son exigibles y los gastos cuando son reconocidos, independientemente de los movimientos de efectivo.
Contabilidad de Gestión
La contabilidad de gestión tiene un enfoque más amplio y se centra en la evaluación de la eficiencia y eficacia de la gestión pública. Su finalidad es proporcionar información relevante para la toma de decisiones y la mejora de la gestión de los recursos públicos.
Características:
Análisis de costos: Se enfoca en el cálculo y control de los costos asociados a los diferentes servicios públicos.
Evaluación del desempeño: Permite medir la eficacia de la administración en la consecución de sus objetivos.
Proyección futura: Facilita la elaboración de presupuestos futuros y la planificación estratégica.
El Plan General de Contabilidad Pública clasifica las cuentas en diferentes grupos, cada uno con su propio contenido y finalidad. Esta clasificación es fundamental para asegurar la claridad y uniformidad en la contabilidad pública.
Grupos de Cuentas:
Grupo 1: Patrimonio y Capital:
Registra el patrimonio neto de la entidad pública, incluyendo aportaciones del Estado y resultados acumulados.
Grupo 2: Ingresos:
Contiene cuentas que reflejan todos los ingresos públicos, incluyendo tributos, tasas y transferencias.
Grupo 3: Gastos:
Se registra toda la información relativa a los gastos públicos, clasificándolos en gastos de personal, gastos corrientes, transferencias, y gastos de inversión.
Grupo 4: Tesorería:
Incluye cuentas relacionadas con la tesorería y la liquidez de la entidad pública, reflejando los saldos de caja y bancos.
Grupo 5: Deudas y Obligaciones:
Registra las deudas y obligaciones a corto y largo plazo de la administración.
Grupo 6: Contabilidad de Gestión:
Agrupa cuentas destinadas a la medición de costos y la evaluación del rendimiento de los servicios públicos.
La liquidación y el cierre del ejercicio son procesos críticos en la contabilidad pública que permiten evaluar el cumplimiento de los objetivos presupuestarios.
Liquidación:
Implica el cierre formal del presupuesto, determinando los ingresos efectivamente recaudados y los gastos realmente devengados.
Se compara la ejecución presupuestaria con el presupuesto inicial para evaluar el cumplimiento de los objetivos.
Cierre del Ejercicio:
Incluye la elaboración de la Cuenta General, que resume toda la actividad económico-financiera del ejercicio.
Es un paso necesario para la elaboración de informes de auditoría y control interno, asegurando la rendición de cuentas ante el Parlamento o la Asamblea.
La Cuenta General del Estado es un documento que resume la ejecución presupuestaria del Estado durante un ejercicio fiscal. Su elaboración es obligatoria y debe presentarse ante el Parlamento.
Contenido:
Estado de ingresos: Muestra los ingresos efectivamente recaudados.
Estado de gastos: Refleja los gastos ejecutados durante el ejercicio.
Balance patrimonial: Presenta la situación del patrimonio del Estado al final del ejercicio.
La Cuenta General es fundamental para el control financiero y la rendición de cuentas.
De manera similar, la Cuenta General de la Comunidad de Madrid se elabora para resumir la ejecución presupuestaria a nivel autonómico. También es presentada ante la Asamblea de Madrid y cumple un papel esencial en la transparencia y control de las finanzas públicas en la comunidad.
Contenido:
Ingresos y gastos: Detalle de los ingresos y gastos ejecutados por la Comunidad.
Balance de situación: Presenta la situación económica y patrimonial de la Comunidad al cierre del ejercicio.
La contabilidad pública, a través de la contabilidad presupuestaria y la contabilidad de gestión, juega un papel esencial en la administración y control de los recursos públicos. La correcta clasificación en grupos de cuentas permite un manejo transparente y eficiente de la información financiera. La liquidación y el cierre del ejercicio son momentos clave para evaluar el desempeño financiero, mientras que la Cuenta General del Estado y de la Comunidad de Madrid garantizan la rendición de cuentas y el control del gasto público.